Para nadie es un secreto que SINPE Móvil se convirtió en el mejor aliado de los negocios en Costa Rica. Ya sea que venda repostería, brinde servicios profesionales o atienda un bazar, ofrecer este método de pago es casi obligatorio para no perder clientes.
Sin embargo, las reglas del juego están sumando un paso formal que conviene tener en el radar: el Ministerio de Hacienda oficializó que los contribuyentes deberán registrar ante la Administración Tributaria los números de teléfono asociados a SINPE Móvil que utilicen para cobrar sus ventas o servicios.
Sabemos que los trámites tributarios a veces generan dudas o estrés, pero no hay razón para alarmarse. Aquí le explicamos de forma sencilla qué significa esto, a quiénes aplica y cómo prepararse con calma.
¿En qué consiste este nuevo cambio?
Hacienda modificó el artículo 22 del Reglamento de Procedimiento Tributario. En términos prácticos, esto significa que el formulario con el que usted se inscribió o actualiza sus datos (el Registro Único Tributario o RUT) ahora incluirá una casilla para indicar qué número o números de teléfono utiliza para recibir pagos de su negocio.
La intención principal de la autoridad tributaria es tener trazabilidad sobre los canales digitales que generan ingresos comerciales, combatiendo la informalidad y asegurando que las ventas coincidan con lo que se declara.
¿A quiénes les aplica y a quiénes no?
- Sí le aplica: A cualquier persona física o jurídica (sociedad) inscrita ante Hacienda que use una o más líneas con SINPE Móvil como medio de cobro de sus actividades comerciales. Si en su local tiene el teléfono de la empresa y además el suyo personal para recibir dinero de clientes, ambos deben reportarse.
- No le aplica: A las transferencias personales o familiares. El dinero que le pasa a un familiar para el almuerzo, la recarga telefónica que le hizo a un amigo o la recolecta de un regalo no tienen fines comerciales y no entran en este esquema.
Fechas clave: ¿cuándo hay que hacerlo?
No hace falta salir corriendo hoy mismo a buscar dónde reportarlo. Hacienda definió un calendario de implementación por etapas:
- Plazo para Hacienda (3 meses): La institución tiene tres meses para adaptar sus sistemas en línea y publicar la resolución con el instructivo técnico exacto.
- Plazo para contribuyentes ya inscritos (1 año): Una vez que el sistema esté habilitado y la resolución entre en vigor, quienes ya están operando tendrán un plazo de 12 meses para entrar a la plataforma y actualizar sus datos.
- Nuevos negocios: Aquellos emprendimientos que se inscriban desde cero en Hacienda a partir de la habilitación del sistema, deberán incluir el número telefónico de inmediato en su registro inicial.
3 recomendaciones prácticas para estar en regla
- Separe las finanzas de su negocio: Si todavía usa su cuenta y número personal para todo, este es el mejor momento para adquirir una línea exclusiva y una cuenta bancaria dedicada 100% a la empresa. Le ahorrará dolores de cabeza tanto al declarar como al conciliar cuentas.
- Facture cada pago recibido: Recuerde que SINPE Móvil es únicamente un medio de pago, no un comprobante tributario. Cada cobro recibido debe estar respaldado por su respectiva factura o tiquete electrónico, seleccionando la opción de transferencia bancaria / SINPE.
- Evite multas innecesarias: No actualizar la información tributaria en los plazos correspondientes se sanciona según el artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, lo que puede implicar multas económicas significativas. Marcar la fecha en el calendario cuando Hacienda habilite el formulario le garantizará tranquilidad.
Formalizar cada canal de su negocio no solo evita sanciones; también construye un historial sólido para acceder a financiamiento y proyectar mayor confianza ante sus clientes.

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